En Barranquilla, es fundamental conocer las fechas del calendario tributario para evitar sanciones y cumplir con tus responsabilidades fiscales. Consulta esta guía y mantente al tanto de los plazos de declaración y pago de impuestos en la ciudad.
Calendario tributario Barranquilla 2025. Encuentra aquí todos los plazos para declarar y pagar tus impuestos a tiempo.
Conoce las demás fechas para el pago de tus impuestos
La Alcaldía de Barranquilla es la encargada de establecer el calendario tributario para los contribuyentes de la ciudad, garantizando que todos cumplan con sus obligaciones fiscales a lo largo del año. A través de la Secretaría de Hacienda, se definen las fechas clave y los lugares donde los contribuyentes deberán realizar sus pagos. Es fundamental estar al tanto de estas fechas para evitar sanciones y cumplir con las normativas establecidas por el municipio.
Plazos para Declarar y Pagar el Impuesto de Industria y Comercio Barranquilla 2025

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) y sus complementarios tienen plazos específicos para ser declarados y pagados en el año 2025, según el régimen común.
Además, se incluyen las declaraciones mensuales y bimestrales, así como las retenciones y autoretenciones correspondientes.
Las fechas exactas de pago y declaración dependen del último dígito del NIT (Número de Identificación Tributaria) de cada contribuyente.
A continuación, te mostramos los plazos clave para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales este año.
Fechas de Presentación para la Declaración Anual del Impuesto de Industria y Comercio Barranquilla 2025
A continuación, te mostramos las fechas de presentación de la declaración anual del Impuesto de Industria y Comercio para el año 2025. La fecha de presentación depende del último dígito de tu NIT:
- Último dígito 0: 11 de febrero de 2025
- Último dígito 9: 12 de febrero de 2025
- Último dígito 8: 13 de febrero de 2025
- Último dígito 7: 19 de febrero de 2025
- Último dígito 6: 20 de febrero de 2025
- Último dígito 5: 23 de febrero de 2025
- Último dígito 4: 24 de febrero de 2025
- Último dígito 3: 25 de febrero de 2025
- Último dígito 2: 26 de febrero de 2025
- Último dígito 1: 27 de febrero de 2025
Recuerda que es importante cumplir con estas fechas de presentación para evitar sanciones y mantener tus obligaciones fiscales al día.
Aquí tienes una nueva versión optimizada y clara sobre la declaración mensual y el pago de retenciones y autoretenciones para grandes contribuyentes:
Declaración Mensual y Pago de Retenciones y Autoretenciones para Grandes Contribuyentes 2025
Los grandes contribuyentes tienen la obligación de presentar su declaración mensual del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), así como las retenciones y autoretenciones correspondientes, según los plazos establecidos para el año gravable 2025. Estas declaraciones deben ser presentadas y pagadas mensualmente, asegurando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.
Las fechas de declaración y pago están determinadas según el calendario tributario y la categoría de cada contribuyente. Es fundamental que los grandes contribuyentes se adhieran estrictamente a los plazos para evitar sanciones e intereses moratorios por el incumplimiento.

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Declaración y Pago Bimestral de Retenciones y Autoretenciones para Contribuyentes del Régimen Común Barranquilla 2025
Los contribuyentes del régimen común tienen la obligación de presentar y pagar las retenciones y autoretenciones correspondientes al Impuesto de Industria y Comercio Barranquilla (ICA) de manera bimestral.
Las fechas de declaración y pago para cada periodo de la vigencia 2025 deben ser cumplidas de acuerdo con el calendario tributario establecido, lo que garantiza el cumplimiento adecuado de sus obligaciones fiscales.
Es crucial que los contribuyentes del régimen común realicen sus pagos bimestrales dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones y recargos por mora.

FORMAS DE PAGO
(Decreto 0194 marzo 26 / 2013) PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN (Al momento de presentar la declaración)
PAGO DIFERIDO EN CUATRO CUOTAS: Más tres cuotas del 25% cada una, pagaderas hasta: el 30 de julio, 30 de septiembre y 30 de noviembre de 2021.
Plazos para Declarar y Pagar el Impuesto Predial Unificado en Barranquilla 2025

Los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado de Barranquilla que decidan pagar mediante liquidación por factura o autoavaluo, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario Distrital, deberán declarar y/o pagar el impuesto correspondiente al año gravable 2025 antes del 27 de junio de 2025.
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Descuentos por Pago Anticipado:
- Descuento del 10%: Si declaras y pagas el total del impuesto a más tardar el 31 de marzo de 2025, obtendrás un descuento del 10% sobre el monto a pagar.
- Descuento del 5%: Si realizas el pago entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2025, tendrás derecho a un descuento del 5%.
Intereses Moratorios:
A partir del 1 de julio de 2025, se comenzarán a cobrar intereses moratorios sobre el impuesto pendiente de pago.
Descuento Adicional por Domiciliación de Pago:
Los contribuyentes que domiciliaron el pago del impuesto, conforme al Parágrafo Primero del Artículo 32 del Decreto N° 0119 de 2019, podrán acceder a un descuento adicional del 2% sobre el total del impuesto a cargo.
Esta organización busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, brindando incentivos para el pago oportuno y opciones de descuento.
Espectáculos Públicos
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Según el Artículo 7, los contribuyentes del Impuesto de Espectáculos Públicos tienen plazos específicos para la declaración y pago:
- Espectáculos Ocasionales:
- La presentación de la declaración y el pago del impuesto deben realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la realización del espectáculo ocasional.
- Espectáculos Permanentes:
- Para los espectáculos permanentes, con periodo gravable mensual, la declaración y el pago del impuesto deben efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento del periodo gravable.
Resolución Medios Magnéticos

El servicio acerca de Reporte acerca de medios magnéticos dispuestos por la Secretaria Distrital acerca de Hacienda acerca de Barranquilla, el cual permite hacia La gente Naturales y Jurídicas, consorcios, uniones temporales y / o Sociedades sobre terminado realizar un empadronamiento informativo sobre Toda su Propia Operaciones O a través Terceros.
Numeral 5 Artículo 9 del decreto 0474 dic. 26 / 2012.
- Enviarlos al correo electronico rentas@barranquilla.gov.co
- Ver manual en: www.barranquilla.gov.co Link formularios Impuestos
Impuesto de Circulacion y Rodamiento

Nuestros expertos están revisando en dirección a el calendario del impuesto actual con destino a la rueda y la circulación.
Art: 14 del decreto 0474 diciembre 26 / 2012.
Delineación Urbana

PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL ANTICIPO Y EL IMPUESTO DE DELINEACIÓN URBANA
Según el Artículo 8, una vez finalizada la obra o vencida la licencia, los contribuyentes tienen cinco (5) días hábiles para liquidar y abonar el impuesto de delineación urbana. Esto se realiza presentando una declaración que incluya el 100% del impuesto a cargo e imputando el pago del anticipo ya realizado.
La obra se considera concluida cuando la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público (o equivalente) la recibe oficialmente, un requisito necesario para que las empresas de servicios públicos realicen las acometidas definitivas.
En cuanto al anticipo, al obtener la licencia, el curador urbano puede solicitar demostrar su pago mediante el formulario proporcionado por la Administración Tributaria Distrital. Este proceso simplifica y agiliza las obligaciones tributarias relacionadas con la delineación urbana.
Plazo para Declarar y Pagar el Impuesto de Alumbrado Público en Barranquilla 2025

Las personas o empresas que deben pagar el Impuesto al Servicio de Alumbrado Público deben hacer su declaración y pago de manera mensual. El pago debe realizarse a más tardar el último día hábil del mes siguiente al mes en que se causó el impuesto.
Sobretasa del Impuesto Predial Unificado para Alumbrado Público:
Aquellos que deben pagar la sobretasa del Impuesto Predial Unificado destinada al Alumbrado Público, deben hacerlo antes del 27 de junio de 2025.
Obligaciones para Declarar y Pagar la Sobretasa a la Gasolina Motor en Barranquilla 2025

Los responsables del recaudo de la Sobretasa a la Gasolina Motor deben cumplir con la declaración y pago mensual de esta sobretasa en las entidades financieras autorizadas dentro de los 18 primeros días calendario del mes siguiente al de causación. Esta obligación debe cumplirse de manera puntual para evitar sanciones e intereses moratorios.
Además de la declaración y pago, los responsables deben informar mensualmente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección de Apoyo Fiscal, proporcionando la discriminación de las ventas por tipo de combustible y la cantidad vendida por cada entidad territorial.
Es importante que los responsables de la sobretasa también declaren en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla siempre que realicen operaciones dentro de la jurisdicción, aunque no se hayan registrado operaciones gravadas durante el periodo gravable.
- Obligación Mensual:
- Declaración y pago de la sobretasa: Dentro de los primeros dieciocho (18) días calendario del mes siguiente al de causación.
- Este proceso se realiza en las entidades financieras autorizadas para tal fin.
- Información Adicional al Ministerio de Hacienda:
- Además de la declaración y pago, los responsables de la sobretasa deben proporcionar mensualmente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección de Apoyo Fiscal, un desglose de las ventas según el tipo de combustible y la cantidad vendida en cada entidad territorial.
- Declaración en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla:
- Los responsables deben cumplir con la obligación de declarar en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla, incluso si no se realizaron operaciones gravadas durante el periodo, siempre que tengan operaciones en el Distrito.
Calendario años Anteriores

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Soy Contadora Pública con más de 5 años de experiencia en el sector contable, especializada en gestionar y actualizar información fiscal. Tengo una fuerte orientación hacia las tecnologías digitales, lo que me permite optimizar procesos y mantener a los contribuyentes al día con las normativas fiscales. Mi enfoque está en ofrecer soluciones precisas y actualizadas para la gestión tributaria en el sector contable.