La falta de presentación de la declaración de renta en el año 2023 puede acarrear diversas sanciones y consecuencias legales para los contribuyentes.
Es importante estar al tanto de las implicaciones y responsabilidades que esto conlleva. A continuación, analizaremos las posibles sanciones por no declarar correctamente la renta en el próximo año.
Sanción por extemporaneidad cuando hay impuesto a cargo:
Camilo tenía plazo para presentar su declaración de renta hasta el 25 de agosto de 2022, pero la presentó el 18 de junio de 2023, es decir, 9 meses y 23 días después de la fecha límite para hacerlo.
Su declaración arrojó un impuesto a pagar de $1.450.000, por lo que la sanción por extemporaneidad deberá calcularse de la siguiente manera:
- Impuesto a pagar: $1.450.000
- Factor multiplicador: 5%
- Meses y fracción de mes de extemporaneidad: 10
- Sanción por extemporaneidad: 1.450.000 * 5% * 10 = $725.000.
Sanción por extemporaneidad cuando no hay impuesto a cargo, pero sí hay ingresos:
Paula tenía plazo para presentar su declaración de renta hasta el 4 de septiembre de 2023, pero la presentó el 10 de enero de 2024, es decir, 4 meses y 6 días después de la fecha límite para hacerlo.
Su declaración no arrojó impuesto a pagar, pero tuvo ingresos brutos por $51.230.000 en el año a declarar. Por lo tanto, la sanción por extemporaneidad deberá calcularse de la siguiente manera:
- Ingresos brutos obtenidos en el año a declarar: $51.230.000
- Factor multiplicador: 0,5%
- Meses y fracción de mes de extemporaneidad: 5
- Sanción por extemporaneidad: 51.230.000 * (0,5% * 5) = $1.281.000
Sanción por extemporaneidad cuando es menor que la sanción mínima:
Andrea tenía plazo para presentar su declaración de renta hasta el 21 de septiembre de 2020, pero lo hizo el 27 de septiembre de 2020; es decir, 6 días después de la fecha límite para hacerlo.
Su declaración arrojó un impuesto a pagar de $850.000, por lo que la sanción por extemporaneidad deberá calcularse de la siguiente manera:
- Impuesto a pagar: $850.000
- Factor multiplicador: 5%
- Meses y fracción de mes de extemporaneidad: 1
- Sanción por extemporaneidad: $850.000 * (5% * 1) = $43.000.
En este caso, como la sanción por extemporaneidad es inferior a la mínima, Andrea deberá pagar la sanción mínima de $380.000.
Recuerda que debes estar muy atento a los plazos para presentar tu declaración de renta y así evitar sanciones económicas.
Si necesitas elaborar tu declaración de renta de una forma fácil, segura y ahorrando dinero, con tus datos personales. Podrás elaborar tu declaración en poco tiempo y contarás con asesoría tributaria ilimitada a través del chat en vivo.
Si tienes alguna pregunta, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte.
Visita nuestro: Blog Aprende
Preguntas frecuentes sobre Consecuencias de no presentar la declaración de renta
¿Cuáles son las posibles sanciones por no presentar la declaración de renta correctamente?
Las posibles sanciones por no presentar la declaración de renta correctamente pueden incluir sanciones por extemporaneidad, que varían según el impuesto a cargo, los ingresos o el patrimonio líquido del contribuyente.
¿Cómo se calcula la sanción por extemporaneidad cuando hay impuesto a cargo?
La sanción por extemporaneidad cuando hay impuesto a cargo se calcula multiplicando el impuesto a pagar por un factor multiplicador y por el número de meses y fracción de mes de extemporaneidad.
¿Qué sucede si la sanción por extemporaneidad es menor que la sanción mínima?
Si la sanción por extemporaneidad es menor que la sanción mínima, el contribuyente deberá pagar la sanción mínima establecida por la autoridad tributaria.
Soy una Contadora pública con más de 5 años de experiencia en el sector contable, conocedora de las normas financieras y fiscales, así como de las nuevas tecnologías.