Declaración del Impuesto al Patrimonio

María Angelica Restrepo Sánchez

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¡Descubre todo sobre la Declaración del Impuesto al Patrimonio! Si eres contribuyente y posees un patrimonio significativo, es fundamental que conozcas las fechas y plazos para cumplir con esta obligación tributaria.

Te brindaremos información detallada sobre los plazos de declaración y los aspectos clave que debes tener en cuenta. Prepárate para navegar por el fascinante mundo de la declaración de este impuesto y asegúrate de estar al día con tus responsabilidades fiscales.

Fechas para la Declaración del Impuesto al Patrimonio

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que, al inicio de cada año, posean un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT ($ 3.888.680.000 para el año 2024) están sujetas a la obligación de presentar la declaración y abonar el impuesto correspondiente en dos cuotas, cada una equivalente al 50% del monto total adeudado.

La primera cuota debe ser presentada y pagada entre el séptimo y décimo sexto día hábil del mes de mayo, es decir, para el año 2024, del 10 al 24 de mayo. Por otro lado, la segunda cuota debe ser cancelada el décimo día hábil de septiembre, estableciéndose así el plazo para el pago de la segunda cuota en el año 2024 para el día 13 de septiembre.

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Sujetos Pasivos del Impuesto al Patrimonio

A partir del año 2023, los sujetos pasivos del Impuesto al Patrimonio son los siguientes:

Personas naturales y sucesiones ilíquidas que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o del Régimen Simple de Tributación.

Sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país al momento de su fallecimiento, en relación a sus activos poseídos en Colombia.

Personas naturales, tanto nacionales como extranjeras sin residencia en el país, en relación a sus activos poseídos directa o indirectamente a través de establecimientos permanentes en Colombia, excepto las excepciones establecidas en tratados internacionales y la legislación nacional.

Sociedades o entidades extranjeras que no declaran impuesto sobre la renta en Colombia y poseen activos diferentes a acciones, cuentas por cobrar y/o inversiones de portafolio en el país. Se excluyen aquellas que suscriban contratos de arrendamiento financiero con residentes en Colombia.

La tarifa del Impuesto al Patrimonio:

El impuesto al patrimonio en Colombia es una obligación financiera aplicada por las autoridades fiscales a las propiedades o posesiones de personas naturales o jurídicas. Para el próximo año, esta responsabilidad tributaria se aplicará a aquellos con un patrimonio líquido superior a 72.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), que a partir del 1 de enero de 2024 tendrá un valor de 47.065 pesos, según lo revelado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).

El ajuste supone un aumento de $4,653 en comparación con el valor establecido para el presente año. Por lo tanto, aquellos con patrimonios líquidos declarables al Gobierno Nacional iguales o superiores a $3.388.680.000 estarán sujetos al impuesto al patrimonio, siempre y cuando no declaren renta.

El cálculo de este impuesto se basa en el valor total de los activos, descontando las deudas y otras extensiones permitidas por la legislación. Actualmente, se trata de un gravamen progresivo y temporal que puede ser pagado en dos cuotas al año, dependiendo de las tarifas de los activos reportados, que se detallan a continuación:

  • 72.000 UVT: Tarifa del 0.5%
  • Entre 122.000 y 239.000 UVT: Tarifa del 1%
  • Más de 239.000 UVT: Tarifa del 1.5%

La base gravable se determina de la siguiente manera:

Se suma el patrimonio bruto, excluyendo las acciones o cuotas de interés social, que es el valor patrimonial total determinado según las reglas del Título II del Libro I del Estatuto Tributario.

Se agrega el valor patrimonial de las acciones o cuotas de interés social, que también se determina según las reglas del Título II del Libro I del Estatuto Tributario.

Se restan los pasivos, que representan el valor total de las deudas fiscales.

El resultado obtenido es el patrimonio líquido, que constituye la base gravable inicial del impuesto al patrimonio.

Espero que esta información sobre las fechas para la declaración del impuesto al patrimonio haya sido útil para ti. Recuerda que es fundamental cumplir con tus responsabilidades fiscales dentro de los plazos establecidos para evitar posibles sanciones o multas.

Te recomendaría revisar el Calendario Tributario Nacional y PortalTributario.co para obtener información actualizada y estar al tanto de cualquier cambio o actualización relacionada con el impuesto al patrimonio u otros calendarios tributarios. ¡Buena suerte con tu declaración de impuestos al patrimonio!

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