¿Quiénes deben pagar el impuesto ICA del cuarto bimestre 2023?

El impuesto de Industria y Comercio (ICA) es una obligación tributaria que deben cumplir muchos contribuyentes. Sin embargo, no todos saben si les corresponde declarar y pagar este impuesto, lo que puede llevar a la imposición de sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Por ello, es importante que los contribuyentes estén al tanto de sus obligaciones tributarias y sepan cómo cumplirlas correctamente. En este artículo, se explicará quiénes deben declarar y pagar el ICA y cómo hacerlo antes del plazo final del viernes 20 de octubre. ¡No te pierdas esta información clave!

¿Qué es el impuesto ICA?

El impuesto de Industria y Comercio, conocido como ICA, es un tributo que se genera por la realización de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en el Distrito Capital de Bogotá, ya sea de forma permanente u ocasional, con o sin establecimiento de comercio. La Secretaría Distrital de Hacienda de la ciudad es la encargada de recaudar y controlar este impuesto.

Los trabajadores independientes, personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho o uniones temporales deben declarar el impuesto ICA según su actividad.

¿Quiénes declaran y pagan el cuarto bimestre del impuesto ICA?

El cuarto bimestre del impuesto ICA en Bogotá debe ser presentado y pagado por los contribuyentes que pertenecen al régimen común bimestral y han cumplido con la obligación tributaria en el transcurso del año por medio de varias cuotas.

Aquellos contribuyentes que declararon un impuesto superior a $14.859.564 (391 UVT) durante el año pasado, 2022, están obligados a hacer el pago del impuesto.

¿Cómo declarar y pagar el cuarto bimestre del impuesto ICA?

El impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo que deben pagar las personas jurídicas y naturales que realizan actividades económicas en Bogotá.

El pago de este impuesto se realiza de forma bimestral y el cuarto bimestre vence el 20 de noviembre de cada año. A continuación, se describen los pasos necesarios para declarar y pagar el cuarto bimestre del impuesto ICA.

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Declaración y pago a través de la Oficina Virtual

La Secretaría de Hacienda dispone de la Oficina Virtual, una herramienta en línea que permite realizar la declaración y el pago del impuesto ICA de forma fácil y rápida. Para utilizar esta herramienta, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al sitio web de la Secretaría de Hacienda de Bogotá y hacer clic en el botón ‘Oficina virtual’ en la barra superior de la página.
  2. Seleccionar la opción ‘Oficina Virtual Impuesto de Industria y Comercio’ y hacer clic en el botón ‘Ingresar’.
  3. Ingresar con el usuario y contraseña correspondientes. Si aún no se ha registrado, se debe seguir el proceso de registro.
  4. Seleccionar el impuesto de Industria y Comercio (ICA) y la opción ‘Declarar y pagar en tres pasos’.
  5. Elegir ‘Liquidar impuesto’ y diligenciar la información solicitada. Es importante tener a mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros y/o contables en donde estén registrados los ingresos por las actividades económicas.
  6. Continuar con los pasos para ingresar toda la información que permitirá hacer la liquidación. Antes de firmar y presentar la declaración, se deben verificar los datos de identificación y registrar los del representante legal o contribuyente. Si se tiene revisor fiscal, se debe digitar la información correspondiente.
  7. A través de la Oficina Virtual, se puede elaborar la declaración y presentarla con firma electrónica o digital. Para ello, se debe elegir la opción ‘Generar declaración para firma electrónica’, luego de lo cual se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del archivo en formato PDF. Es importante tener en cuenta que las declaraciones firmadas electrónicamente no serán recibidas para pago en ventanillas de bancos.
  8. Una vez generado el PDF de la liquidación, se debe entrar nuevamente a la Oficina Virtual, hacer clic en ‘Presentar declaración’ y seleccionar ‘Con firma electrónica’. Aparecerá la información de la declaración generada y se podrá hacer clic sobre el botón para firmarla.
  9. Validar los datos que arroja el sistema para presentar la declaración y hacer clic en ‘Aceptar’.
  10. El sistema mostrará un mensaje informando que la declaración quedó presentada exitosamente.
  11. Finalmente, ingresar de nuevo a la Oficina Virtual y seleccionar ‘Pagar impuesto’.

Pago presencial en entidades financieras

Si no se desea utilizar la Oficina Virtual, también se puede realizar el pago del impuesto ICA de forma presencial en las ventanillas de las entidades financieras que tienen convenio de recaudo vigente con la Secretaría de Hacienda.

Es importante tener en cuenta que se debe llevar el formulario de liquidación del impuesto ICA y los documentos necesarios para realizar el pago.

¡Toma nota! No te pierdas las próximas fechas límites

Asegúrate de cumplir con las últimas cuotas del impuesto de Industria, Comercio y Avisos y Tableros. Anota en tu calendario las siguientes fechas límites:

  • Bimestre 5 (septiembre-octubre): 15 de diciembre de 2023
  • Bimestre 6 (noviembre-diciembre): 16 de febrero de 2024

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