La Alcaldía de Bogotá ha dado a conocer que esta semana vence un importante impuesto que afecta a los contribuyentes de la ciudad. La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) recordó a todos los ciudadanos que deben declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICA) dentro del plazo establecido.
Último día para el pago del ICA:
El viernes 28 de febrero es el último día para cumplir con este impuesto. A continuación, detallamos el procedimiento para realizar el pago correctamente y evitar sanciones. Conoce el calendario tributario de bogota actualizado.
¿Cómo realizar el pago del Impuesto de Industria y Comercio (ICA)?
- Acceda al portal de la SDH de Bogotá:
Ingrese a la página oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda aquí. - Seleccione «Pagos Bogotá»:
En el portal, haga clic en la opción «Pagos Bogotá». - Acceda a la sección de Impuestos:
Posteriormente, elija «Impuestos» y luego seleccione «Impuesto de Industria y Comercio». - Declare y pague el impuesto:
Podrá realizar el pago de manera electrónica o generar la factura para pagar en entidades autorizadas.
Importante:
Si no se efectúa el pago antes del 28 de febrero, los contribuyentes deberán asumir cargos adicionales por pago extemporáneo e intereses por mora. Para cualquier duda, la Alcaldía ha habilitado los canales de Orientación al Ciudadano, donde los contribuyentes podrán recibir asistencia personalizada.
¿Quiénes deben declarar y pagar el ICA en Bogotá?
Para el año 2025, se han establecido dos regímenes principales para el pago del ICA:
1. Régimen Común Anual:
Este régimen es para las personas naturales o jurídicas que hayan declarado un impuesto a cargo de 391 UVT o menos (equivalente a $16.583.092) en el año gravable 2023, o para aquellos contribuyentes que hayan iniciado actividades en 2024.
2. Régimen Preferencial:
Corresponde a aquellos contribuyentes que realicen actividades comerciales, industriales o de servicios en Bogotá y hayan percibido ingresos entre $90.976.645 y $164.272.500 en el 2024.
Condiciones para pertenecer al Régimen Preferencial:
- Los ingresos brutos totales de la actividad gravada con ICA durante el año anterior o en curso deben ser inferiores a 3.500 UVT (equivalente a $148.442.000).
- No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde se realice la actividad gravada.
- No haber celebrado contratos de venta de bienes o prestación de servicios por un valor superior a 3.500 UVT en el año anterior o en el año en curso.
- Las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no deben superar los 3.500 UVT.
- No estar registrado bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) ni sus equivalentes.
Exención para algunos contribuyentes del Régimen Preferencial:
Si los contribuyentes de este régimen obtienen ingresos netos inferiores a 1.933 UVT (equivalente a $96.261.467), no deberán presentar la declaración del ICA y su impuesto será igual a las sumas ya retenidas por este concepto.
Para cualquier duda adicional, la Alcaldía ha dispuesto varios canales de atención al ciudadano para brindar apoyo a los contribuyentes.
Recuerde que cumplir con sus obligaciones fiscales a tiempo evitará cargos adicionales y le permitirá contribuir al desarrollo de la ciudad de manera eficiente y sin complicaciones.

Soy Contadora Pública con más de 5 años de experiencia en el sector contable, especializada en gestionar y actualizar información fiscal. Tengo una fuerte orientación hacia las tecnologías digitales, lo que me permite optimizar procesos y mantener a los contribuyentes al día con las normativas fiscales. Mi enfoque está en ofrecer soluciones precisas y actualizadas para la gestión tributaria en el sector contable.