Impuesto 4×1.000: Ojo a los nuevos cambios

En un giro significativo, la Ley del 4×1.000 ha experimentado recientes modificaciones que tendrán un impacto directo en los contribuyentes colombianos.

Hoy te brindaremos una panorámica detallada de las reformas emprendidas y el plazo límite para su implementación. Prepara tu atención para sumergirte en los aspectos cruciales de esta normativa del impuesto renovada.

Explorando el Impuesto del 4×1.000

En el ámbito financiero colombiano, el Impuesto del 4×1.000 es un tributo que se aplica a una serie de transacciones monetarias realizadas por los residentes.

Esta obligación tributaria entra en juego cuando se efectúan retiros de efectivo desde cajeros automáticos, calculándose a una tarifa de $4 por cada $1.000 extraídos. Conoce la calculadora 4×1000 para conocer el valor del impuesto de un valor.

Es imperativo destacar que este impuesto únicamente se vincula con las operaciones de retiro, dejando indemnes las consignaciones y otros movimientos financieros.

Para ilustrar, si alguien realiza una consignación de un millón de pesos en su cuenta bancaria y luego decide retirar dicha suma, en ese instante se activa el Impuesto del 4×1.000.

Esto se traduce en que no podrá retirar la suma completa, sino solo tendría acceso a $996.000. Para disponer del millón en su totalidad, el titular de la cuenta debería consignar $1.004.016.

La web alberga diversas herramientas que permiten calcular el Impuesto del 4×1.000 en función de distintos montos. Importa mencionar que el valor puede oscilar dependiendo de si la transacción acontece en una cuenta corriente o de ahorros.

Reformas Cruciales en el Impuesto del 4×1.000

En el escenario tributario, orquestada por el Gobierno nacional, la reforma fiscal trae consigo un ajuste de crucial envergadura que afecta al conocido Impuesto del 4×1.000 en el país.

En la actualidad, los individuos mantienen el derecho de eximir de la carga del 4×1.000 una cuenta bancaria hasta un tope de 350 UVT, lo que equivale a cerca de $15 millones al mes durante el año 2023.

No obstante, las operaciones realizadas mediante tarjetas o cuentas adicionales continúan sujetas a este gravamen, aún si los montos movilizados son inferiores al umbral estipulado por la legislación.

En esta coyuntura, tanto la Dian como el Ministerio de Hacienda aspiran a que la exención del 4×1.000 abarque todas las operaciones en las cuentas bancarias de los colombianos.

Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, enfatizó en su oportunidad que:

“Las personas tendrán la capacidad de exonerar las tasas del 4×1.000 en todas las cuentas que ya posean, no solo en una única cuenta, sino a través de la suma global en todas ellas”.

En esta misma línea, se ha aclarado que se persigue la liberación de este gravamen incluso para cuentas con menores saldos, como las presentes en las plataformas de billetera virtual como Nequi y Daviplata. La aspiración es que todos los productos financieros puedan abrazar este beneficio.

Este despliegue de cambios conlleva la posibilidad de que las enmiendas que erradican este impuesto cobren vida a finales del año 2024 o incluso antes, si las entidades bancarias u otras instituciones financieras implementan las modificaciones antes de lo establecido.

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